FAQ's
Proceso de compra
El I.T.P en Andalucía es 7%, gastos de notaría y registro que serán alrededor de 1.800€ y el honorario del abogado que es normalmente el 1% + IVA, así que tendrá que añadir un gasto extra del 10—11% por encima del precio de compra.
Proceso de venta
Están los gastos del mediador, más los impuestos de plusvalía ( un impuesto local que se paga por la venta de la propiedad ) y una retención del 3%, si usted no es residente español. Los gastos e impuestos pueden variar, por lo que le aconsejamos que se beneficie de nuestro servicio de valoración y evaluación. Envíenos un correo electrónico con una breve descripción de su propiedad para iniciar el proceso a info@nerjamar.com.
Generalmente no, hay excepciones, por ejemplo si hubiera algún aspecto legal de su propiedad que necesita ser corregido, o si no va a estar en España para la firma en Notaría y si desea hacer un poder, o simplemente si se siente más cómodo teniendo un abogado.
Antes de la firma en notaría, se pide un “certificado de deuda”, que se lo proporcionará el banco para confirmar la cantidad adeudada. Un representante del banco asistirá a la notaría el día de la firma y recogerá el cheque bancario por la cantidad pendiente de pago. También se firmará la escritura de cancelación de la hipoteca al mismo tiempo y este documento se enviará al registro de la propiedad para cancelar la misma también. Esto significa que hay gastos de notario, registro de la propiedad asociadas con la cancelación de la hipoteca alrededor de (850€).
Necesitamos la copia de la escritura o nota simple, la copia del IBI más reciente, y las facturas de los gastos de la vivienda. Se necesitará un certificado de eficiencia energética de la propiedad. Si no lo tiene, le podemos ayudar para obtenerlo.
Normalmente el encargado de hacer el cambio de nombre, es el abogado del comprador. El abogado tendrá la nueva escritura y con ella podrá hacer los cambios. No será necesario hacer lectura de los contadores, las facturas se emitirán tomando en cuenta el consumo medio y la fecha de la nueva escritura.
El abogado del comprador, retendrá el importe pendiente del precio de compra, para asegurarse de que todo esté al día.
No, esto se puede hacer por correo electrónico y por mensajería.
Normalmente sí, aunque también se podría emitir un poder notarial a nombre de otra persona, generalmente a un abogado para que firme en su nombre.